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La nueva norma no resulta clara y se requiere de los profesionales más cualificados disponer de la mejor asesoría. 

Acabamos de acudir a una Jornada de Estudio que abordó la nueva obligación tributaria formal, para los residentes en España, de declarar determinados bienes y derechos que tengan en el extranjero.
 
Nos quedamos con la inseguridad jurídica con la que se hacen muchas de las leyes en España, que no son claras y por lo tanto son complicadas de aplicar por los profesionales que nos dedicamos a ello. Todos los ponentes no funcionarios expusieron sus dudas sobre la legalidad constitucional de las normas que han aprobado esta obligación tan peculiar.
 
Nuestro consejo es realizar esta declaración lo más fielmente posible pues las consecuencias derivadas de su no realización son extremadamente graves en materia sancionadora y de prescripción tributaria. Entiendo la dificultad que existe en hacerla, pero ello no debe ser obstáculo para evitar su cumplimiento.
 
España inició el año pasado, con la aprobación de la "Amnistía Fiscal", un periplo por el que se ha dado la oportunidad a los contribuyentes defraudadores de empezar casi de cero con la Administración Tributaria. Ha sido una oportunidad única que muchos aprovecharon aunque les suponga pagar ahora inevitables y abusivos impuestos durante los próximos años. Es lo justo, todos los residentes en este país deben sostener los gastos públicos que genera nuestro estado del bienestar.
 
Sólo pediríamos dos cosas; que el poder legislativo apruebe normas más claras y que el poder ejecutivo gestione con honestidad los ingresos públicos.